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Daños por lluvias persistentes y vientos huracanados en los cultivos

Tras las continuas borrascas ocurridas en España desde principios de diciembre hasta mediados de enero de 2026, es el momento de realizar las correspondientes reclamaciones a los seguros contratados (Agroseguro).

1) Producciones e instalaciones aseguradas

Los daños asegurados pueden afectar a las producciones en cantidad y calidad de:

  • Cultivos herbáceos extensivos.
  • Olivar.
  • Viñedo.
  • Frutales.
  • Frutos secos.
  • Cultivos hortícolas.

Además, también pueden incluir daños en instalaciones, como:

  • Cabezal de riego
  • Riego localizado

En el caso de explotaciones leñosas (olivar, frutales y viñedo), también puede existir indemnización por plantación o plantones afectados.

2) Normativa de peritación

Puede descargarse la normativa de peritación correspondiente a su cultivo en el siguiente enlace LINK

3) Riesgos cubiertos por Agroseguro en “Riegos Excepcionales”

Dentro de las pólizas de Agroseguro, los daños cubiertos en cantidad y calidad por “riegos excepcionales” se agrupan de la siguiente manera:

  1. LLUVIA TORRENCIAL

Se considera ocurrido este riesgo, cuando los daños sean consecuencia de precipitaciones intensas o deshielos que provoquen:

  • Desbordamiento de ríos, arroyos, ramblas, lagos o lagunas.
  • Arroyadas, avenidas o riadas.
  • Apertura de compuertas de presas, embalses o cauces artificiales, siempre que sea ordenado por el Organismo de Cuenca competente.

Para que se considere ocurrido, deben existir efectos claros en la zona, como:

  • Daños o señales evidentes del paso del agua en infraestructuras rurales o hidráulicas (caminos, muros, bancales, márgenes, canales, acequias, etc.).
  • Enlodamiento o arrastre visible de materiales en el entorno de la parcela.

Cuando ocurre un siniestro de inundación / lluvia torrencial, se garantizan pérdidas por:

  • Asfixia radicular, descalzamiento, caídas, enterramientos, enlodamientos o arrastres
  • Imposibilidad física de realizar la recolección durante el siniestro o en los 10 días posteriores.
  • Plagas o enfermedades que aparezcan durante el siniestro o en los 10 días posteriores por no poder realizar tratamientos (siempre que sean consecuencia directa del siniestro).

  1. LLUVIA PERSISTENTE

Se considera lluvia persistente a la precipitación continua y abundante que provoque encharcamiento y/o enlodamiento y daños en los bienes asegurados.

Para que sea válida, estos efectos deben producirse de forma generalizada en el término municipal donde se encuentra la parcela.

Daños garantizados:

  • Caída de frutos, siempre que haya síntomas evidentes de asfixia radicular (amarillamiento y caída de hojas).
  • Asfixia radicular con afectación total o parcial de órganos vegetativos.
  • Imposibilidad física de efectuar la recolección durante el periodo de lluvias o en los 10 días posteriores, con señales evidentes de anegamiento.
  • Plagas o enfermedades durante el periodo de lluvias o en los 10 días posteriores por no poder realizar tratamientos, siempre que sean consecuencia del siniestro.
  1. VIENTO HURACANADO

Se define como el movimiento violento del aire que, por su intensidad, ocasione pérdidas directas por acción mecánica en los bienes asegurados.

Para considerarse ocurrido deben darse claramente los dos efectos siguientes:

  • Roturas, desgarros o tronchados de ramas en los árboles de la parcela asegurada
  • Daños o señales evidentes en el entorno de la parcela siniestrada.

Si además se produce caída de frutos, estarán cubiertos solo si se encuentran frutos caídos de forma significativa con parte de pedicelo, pedúnculo o ramas.

4) Cobertura, indemnización y condiciones

La cobertura y las posibles indemnizaciones dependen de las garantías contratadas y de las opciones de aseguramiento (módulos 1, 2 o P).

En estos riesgos:

  • El capital asegurado es del 100%
  • La indemnización se calcula por parcela.
  • Existe un mínimo indemnizable del 20%
  • Existe una franquicia absoluta del 20%

Definiciones:

  • Mínimo indemnizable: porcentaje de daño por debajo del cual el siniestro no se indemniza.
  • Franquicia absoluta: se aplica restando el porcentaje de esta franquicia del porcentaje del daño evaluado.

Ejemplo práctico

Parcela de 10 hectáreas, con una superficie afectada de 4 hectáreas (con daños del 100% en esa zona). La producción asegurada coincide con la producción real esperada.

Cálculo:

  • Porcentaje de daños en la totalidad de la parcela es del 40%
  • Como es superior al 20%, el siniestro es indemnizable.
  • Indemnización: 40% − 20% (franquicia) = 20% del capital asegurado en toda la parcela.

Gonzalo Brezmes
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Accidente del funicular la Gloria en Lisboa

Damos el pésame a los familiares y amigos de las victimas y esperamos la pronta recuperación de los heridos.

Desde un vista de punto técnico podemos tener los siguientes datos iniciales:

  • Longitud máximo del tramo: 200 metros desde el inicio del trayecto.
  • Desnivel: unos 30 metros desde el inicio del trayecto hasta el lugar del accidente.

Aplicando las formulas básicas de la cinemática, la velocidad del funicular en el momento del impacto depende desde donde se produjera la desconexión o caída libre:

  • 200 metros. Velocidad del impacto: 90 km/h
  • 100 metros. Velocidad del impacto:  60 km/h
  • 50 metros. Velocidad del impacto: 45 km/h

 

 

Gonzalo Brezmes
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Incendios y emisiones de CO2 a la atmosfera

Antes de nada, dar el pésame a los familiares y amigos de los fallecidos por los incendios durante este verano.

A las pérdidas personales y materiales debemos añadir que los incendios representan una fuente considerable de emisiones de dióxido de carbono (CO₂) a la atmosfera, tanto a nivel global como regional.

En España se estiman 20 toneladas de CO₂ por hectárea quemada. En otras zonas como California, los valores ascienden a 30–40 t de CO₂ por hectárea.

Durante el año 2025 se quemaron en España unas 375.000 hectáreas que emitieron 7,5 millones de toneladas de CO₂. En lo que va de 2025, en la Unión Europea se han quemado más de 1 millón de hectáreas, con una emisión total superior a 20 millones de toneladas de CO₂.

Un turismo de combustión promedio emite alrededor de 2,50 t de CO₂ al año (considerando 15.000 km/año). Por tanto, una hectárea incendiada equivale a las emisiones anuales de 8 vehículos de turismo.

Teniendo en cuenta la superficie total quemada en España en 2025, los incendios ha aportado el equivalente a las emisiones de más de 3 millones de vehículos durante un año.

Para evitar estas emisión solamente debemos invertir en prevención forestal (pastoreo y desbroce) con ayuda de monitoreo satelital  para cuantificación en tiempo real la situación de los montes y aplicar políticas integradas de gestión forestal.

Gonzalo Brezmes
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Precio de la tierra en España 2023

Según la última encuesta de precios de la tierra del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el precio medio de la tierra para uso agrario en España aumentó en 379 €/hectárea, desde los 9.588 hasta los 9.967 €/hectárea.

El índice general experimentó un ascenso en términos nominales (+3,9 %) y un descenso en reales (-2,2 %), teniendo en cuenta para este último cálculo el deflactor implícito del Producto Interior Bruto (PIB) (+6,2 %).

  • Cultivos herbáceos de secano más barbecho: Destacan las subidas en la Comunidad Valenciana (+8,4 %) y en Baleares (+8,2 %).
  • Cultivos herbáceos de regadío: Destacan las subidas en Baleares (+8,6 %), Andalucía (+7,7 %) y en Extremadura (+7,2 %).
  • Uva de vinificación de secano: el precio medio nacional de la tierra destinada a Viñedo Secano (VIS) ascendió (+4,2 %), ya que subieron los precios de la tierra de esa categoría en prácticamente todas las Comunidades Autónomas salvo en La Rioja y Extremadura. Destacan las subidas en la Comunidad Autónoma de Madrid (+11,0 %) y en Cataluña (+8,9 %).
  • Aceituna de almazara de secano: el precio medio nacional de la tierra destinada a Olivar Secano (OLS) ascendió (+3,2 %). Destacan las subidas en la Comunidad de Madrid (+5,8 %) y Cataluña (+4,6 %).
  • Aprovechamientos (prados y praderas permanentes y otras superficies para pastos): el precio medio nacional de la tierra de Pastizal (PST) ascendió (+2,3 %), ya que subieron los precios de la tierra de esa categoría en prácticamente todas las Comunidades Autónomas salvo en Cantabria y Galicia. Destacan las subidas en la Comunidad Autónoma de Castilla y León (+4,1 %) y en Andalucía (+3,6 %).

Puede emplear ya nuestro  servicio  online de tasación actualizado.

Fuente: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

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Relación entre el beneficio de los aerogeneradores y las indemnizaciones a los agricultores

Ya hemos comentado en estos artículos aspectos sobre fincas rústicas y la generación de energías renovables:

    • Mi finca rustica es apta para uso energético. Click aquí 
    • Fincas rústicas y energía eléctrica. Click aquí
    • Ocupación de fincas rústicas por aerogeneradores y placas fotovoltaicas. Click aquí

Cuando se instalan aerogeneradores en fincas rústicas, las empresas energéticas y los propietarios de estas deben llegar a un acuerdo sobre las indemnizaciones o justiprecios, cuyos importes varían según la ubicación y la velocidad del viento en la zona.
aerogenerador indenmización rústica tierras finca compensación justiprecioEs común que los propietarios alquilen sus terrenos para parques eólicos, recibiendo un pago anual de alrededor de 12 000 euros por aerogenerador. Esta compensación debería reflejar los beneficios generados por la energía eólica en la finca rústica y no la renta  agrícola de las tierras que suele ser baja y en torno a unos 200 euros/hectárea.

Beneficio Económico de un Aerogenerador en España
Un aerogenerador actual en España tiene una potencia nominal de unos  3 MW y funciona aproximadamente 2500 horas al año, produciendo 7.500.000 kWh, suficiente para abastecer a 2000 hogares durante un año.

      • Ingreso medio por aerogenerador: 1.125.000 euros/año (a un precio medio de venta del kWh de 0,15 euros)
      • Coste medio de producción: 375.000 euros/año (0,05 euros/kWh, incluyendo amortizaciones)
      • Beneficio medio del aerogenerador: 750.000 euros/año

Conclusión
La compensación o indemnización para los dueños de las tierras supone el 1,50 % del beneficio del aerogenerador. Estos pagos parecen suficientes a los agricultores pero en realidad se pueden considerar una “limosna” en relación con los beneficios de las compañías energéticas. No olvidemos la importancia de las fincas ya que sin una ubicación física es imposible producir energía eólica.

Es crucial que exista una relación justa y transparente entre el beneficio de los aerogeneradores y las compensaciones e indemnizaciones de los propietarios de las fincas. Esto asegura el éxito de los proyectos y fomenta la aceptación y el apoyo de las comunidades locales a la energía eólica.

Otros post sobre energía y fincas rústicas:

      • Mi finca rustica es apta para uso energético. Haz clic aquí.
      • Ocupación de fincas rústicas por aerogeneradores y placas fotovoltaicas. Haz clic  aquí.
      • Fincas rústicas y energía eléctrica. Haz clic aquí.

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Análisis de la precipitación de la DANA en Valencia

Escribo este post después de casi un mes de la devastadora DANA ocurrida principalmente en la provincia de Valencia. Lo primero dar el pésame a familiares y amigos de los fallecidos.

Hay que empezar indicando que el volumen de precipitación el día 29 de octubre fue tan alto que considero totalmente imposible evitar los daños materiales. La precipitación acumulada aguas arriba del barranco del Poyo fue de más de 500 litros/m2 en un día. La precipitación media anual en Chiva es de menos de 300 litros/m2 y la precipitación media del mes de octubre de unos 40 litros/m2.

No se puede evitar que llueva pero si se pueden evitar las cientos de muertes ocasionadas por la DANA. Analicemos las precipitación aguas arriba del barranco del Poyo en la zona de Chiva el día 29 de octubre de 2024.

Los meses anteriores fueron muy secos y el barranco estaba sin agua. El 29 de octubre en la zona de Chiva empezó a llover sobre las 8:00  hasta las 11 de la mañana y se acumularon ya 150 litros/m2. Paro de llover y algunos se fueron a comer tranquilos ya que parecía que la capacidad del barranco seco soportaba el volumen inicial de agua, pero empezó a llover sobre las 15 horas de manera brutal (más de 500 litros acumulados en un día).

Con los datos de la estación meteorológica de Chiva, cualquier persona o incluso mejor, una sistema automático de alertas hubiera avisado sobre las 17 horas del peligro que se avecinaba aguas abajo.  A las 17 horas la cantidad de precipitación era de más de 200 litros y seguía lloviendo.

Teniendo en cuenta la pendiente del terreno y la poca distancia desde el área donde se produjeron las precipitaciones y zona afectada (30 kilómetros entre Chiva y Paiporta), la avenida tardaría menos de una hora en llegar.

Adjunto grafica y datos  de precipitación en Chiva el día 29 de octubre de 2024.

Depender de personas, email, teléfonos y caudalímetros es poco eficiente y resulta mortal.  Estas DANAS  son totalmente previsibles y las muertes evitables. Solamente hay que tener una red automática de estaciones meteorológicas aguas arribas de los barrancos para detectar en tiempo real la precipitación antes de que llegue al cauce.

No existe ninguna estación meteoróloga oficial en la Sierra de Chiva, ni en la Hoya de Buñol ni en la Sierra de los Bosques, según mapa de AVAMET.  Unas 15.000 hectáreas sin datos meteorológicos  en una zona con riesgo de inundaciones.

El coste de dichas estaciones es de apenas 100 euros y su instalación sencilla Instalar estación meteorológica automática

Nada más  y a ver si aprendemos para la próxima.

Gonzalo Brezmes
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Indemnización al arrendatario por expropiación forzosa de una finca rústica

Ya hemos comentado en estos artículos aspectos sobre fincas rústicas y la generación de energías renovables:

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    • Ocupación de fincas rústicas por aerogeneradores y placas fotovoltaicas. Click aquí

En el marco de un procedimiento expropiatorio, es frecuente encontrar contratos de arrendamiento (alquiler) que otorgan a los arrendatarios el derecho a recibir una indemnización por la expropiación forzosa de su finca rústica.

El justiprecio para los inquilinos de las fincas rústicas se establece de la siguiente forma:

  • Una renta anual actualizada más una cuarta parte de dicha renta por cada año o fracción que falte para expiración del período mínimo o el de la prórroga legal en que se halle. Cuando la expropiación sea parcial, estos importes se referirán a la parte de renta que corresponda a la porción expropiada.

Ejemplo:
Consideremos una finca con una renta anual de 10.000 euros para una superficie de 100 hectáreas. Si la superficie a expropiar es de 20 hectáreas y faltan 3,5 años para la finalización del contrato, la indemnización propuesta sería:

Indemnización = (10.000 euros x 0,20 ) + (3,5 x 2.000 euros) /4 = 3.750 euros.

  • Gastos y Mejoras: Los importes que el propietario deba al inquilino en concepto de gastos y mejoras realizadas.
  • Expropiación Total: El arrendatario puede exigir la expropiación forzosa total si la expropiación parcial resulta antieconómica.
  • Valor de las Cosechas Pendientes: Se debe valorar y compensar las cosechas que estén pendientes en el momento de la expropiación.
  • Daños y Perjuicios: Indemnización por los daños y perjuicios que sufra la explotación agrícola a causa de la expropiación.
  • Cambio de Residencia: Compensación por la posible necesidad de un cambio de residencia.
  • Premio de Afección: Calculado sobre el importe total de la indemnización.
https://www.diariodealmeria.es/almeria/AVE-Almeria-kilometros-terminados-ejecucion_0_1556845998.html

Fuente Diario de Almería

Cabe recordar que del justiprecio pagado al arrendador (propietario) de la finca rústica se descontará, si procede, los gastos y mejoras indemnizados al arrendatario (inquilino) de la finca.

Gonzalo Brezmes
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Análisis de la tierra de un jardín

En ocasiones, una vez adquirida una vivienda unifamiliar o un piso dentro de una comunidad de propietarios, se comprueba que pasados unos años el estado del jardín o del césped ya sea privativo o comunitario empieza a mostrar un estado deficiente de vigor a pesar de que el mantenimiento del jardín o del césped sea correctamente realizado por el jardinero o persona encargada.
El aspecto y el futuro de la zona ajardinada cada vez está peor, produciéndose la muerte de plantas y del césped.
¿Por qué ocurre esto? Quizás la causa principal sea el empleo de una tierra vegetal sin tener las características técnicas de fertilidad adecuadas.
La realización de una analítica de las tierras puede demostrar que dichas tierras proceden de escombreras o de restos de tierras de la propia obra.
Hay que tener en cuenta análisis del suelo debe realizarse por un laboratorio especializado y certificado que demuestre las deficiencias de la tierra empleada.
Los parámetros a tener en cuenta en un análisis de tierra son los siguientes:
1.- Parámetros físicos (Textura)
La textura de un suelo informa sobre la proporción DE las partículas elementales que lo constituyen. Estas partículas se encuentran reunidas formando agregados o terrones que hay que deshacer.
Desde el punto de vista físico, estas partículas elementales del suelo se clasifican con arreglo a su tamaño en: arena, limo y arcilla.

textura suelo

      • Arena gruesa entre 2 a 0,02 mm
      • Limo entre  0,02 a 0,002 mm
      • Arcilla  menor de 0,002 mm

Una vez determinado el tamaño de las partículas, el índice de textura de un suelo es el tanto por ciento de arena, limo y arcilla que entra en su composición.
La textura optima se sitúa en los suelos Francos (50-40-10).

Ejemplo resultado analítica del suelo

2.- Parámetros químicos y rangos

      • pH (1/2,5 suelo/agua): 6,50 a 7,50. Mide la acidez o alcalinidad del suelo.
      • CONDUCTIVIDAD a 25ºC (1/5 en agua): menor 0,35 dS/m. Mide la tolerancia de las plantas a las sales.
      • MATERIA ORGÁNICA Ox. con dicromato: 1,2 a 2,2%.
      • NITRÓGENO TOTAL Kjeldahl: 0,11 a 0,20g N /100g suelo
      • RELACIÓN C/N: 9 a 11. Mide el ritmo de mineralización de la materia orgánica.
      • CARBONATOS TOT. Calcímetro Bernard: 10 a 20 g CaCO3/100g
      • FÓSFORO ASIMILABLE (M. Olsen) UV/VIS: 9 a 36 mg P / kg suelo
      • POTASIO Ext. AcNH4 Fotometría de llama: 100 a 200 mg K kg suelo
      • MAGNESIO Ext. AcNH4 Absorción atómica: 100 a 200 mg Mg/kg suelo
      • CALCIO Ext. con AcNH4 Absorción atómica: 2500 a 3500 mg Ca/kg suelo
      • SODIO Ext. Con AcNH4 Fotometría llama: 100 a 200 mg Na kg suelo
      • RELACIÓN Mg/K: 3 a 10
Perfil suelo Fuente: https://www.uidaho.edu/cals/soil-orders

Perfil suelo jardín

Si tiene problemas en su jardín, contacte con nosotros (peritos agrónomos) para realizar el peritaje que incluye la recogida de las muestras de tierra y la realización de la analítica en el laboratorio. Posteriormente, se emitirá un informe técnico para que pueda reclamar al constructor o promotor de la vivienda la sustitución de la tierra vegetal empleada.

Gonzalo Brezmes
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¿Cuánto mide mi parcela? Discrepancias entre Catastro, Registro y realidad

A menudo, los propietarios de parcelas rústicas o urbanas tienen dudas sobre la superficies de sus parcelasLas superficie reales son muy diferentes en relación con las superficies catastrales o registrales (nota simple del Registro o Escritura de la Propiedad).

Antes de realizar cualquier trabajo de medición en campo debe analizarse la dimensión de dichas discrepancias para saber si es posible realizar modificaciones catastrales.

Para lo cual, conviene tener claros estos conceptos:
Superficie real: extensión de terreno delimitada por los linderos reales y físicos de la parcela. Esta superficie debe establecerse a través de una medición oficial en campo.
–  Superficie catastral: metros cuadrados o hectáreas de terreno que consta en el certificado catastral o en la información del SIGPAC.
–  Superficie registral: metros cuadrados o hectáreas de terreno que consta en el título de propiedad del inmueble (escritura de la propiedad o nota simple). Si se ha realizado una concentración parcelaria recientemente es habitual que esta superficie coincida con la superficie catastral.

Estas tres superficies habitualmente no coinciden y es normal que esto suceda dentro de un margen o rango de tolerancia que establece el Catastro en su normativa (Real Decreto 1464/2007 de 2 de noviembre):

  • P: perímetro catastral del recinto en metros
  • Si S x 0,1 > limite 1, se adoptará como limite 1: 0,1 x S

Se entiende por margen de tolerancia técnica en la superficie catastral la máxima diferencia admisible entre la superficie que conste en la base de datos catastral y la que se pretenda incorporar como resultado de una medición directa.

Estos márgenes de tolerancia son fundamentales para saber si debemos iniciar un procedimiento de subsanación de discrepancias en relación con la superficie de la parcela.

Si la diferencia entre la superficie catastral y real no superan el margen de tolerancia menor, en exceso o por defecto, la superficie catastral será válida y no procederá a realizar ninguna modificación catastral.

Para entender mejor estos conceptos, pondremos dos ejemplos, uno para una finca rústica de superficie mayor a 5.000 m2 y otra urbana con una superficie entre de 500 a 1.000 m2. 

FINCA RÚSTICA

  • Parcela catastral: 47020A002000580000ME. Polígono 2 parcela 58. Berrueces (Valladolid). Superficie catastral: 4,86 hectáreas = 48.628 m2
  • Accedemos al visor SIGPAC https://sigpac.mapama.gob.es/fega/visor/ y localizamos la parcela.
  • Realizamos la medición del perímetro (linderos) de la parcela a través del SIGPAC. En nuestro caso el perímetro es de 908 metros.

  • Calculamos los límites:
    – 10% superficie catastral: 4.863 m2
    Limite 1: Perímetro: 908 m2
    – Limite 2: 0,03 x 48.628 m2 = 1.459 m2.
    – Superficie de diferencia por exceso o defecto para iniciar alteración: 908 m2
  • A continuación, medimos la parcela a través del SIGPAC o a través de la metodología indicada en este link.

  • La superficie medida es de 49.500 m2. Diferencia: 49.500 m2 – 48.628m2 = 872 m2 menor que 908 m2 por lo que no es necesario realizar ninguna alteración catastral.

FINCA URBANA

  • Parcela catastral: 6160901UM2466S0001RR. Superficie catastral: 732 m2
  • Accedemos al visor de la Sede electrónica del Catastro https://www1.sedecatastro.gob.es/ y localizamos la parcela.
  • Realizamos la medición del perímetro (linderos). En nuestro caso el perímetro es de 113 metros.

  • Calculamos los límites:
    – 10% superficie catastral: 73 m2
    Limite 1: 0,0002 x 113 x 732 = 17 m2.
    – Limite 2: 0,03 x 732 = 22 m2.
    – Superficie de diferencia por exceso o defecto para iniciar alteración: 17 m2
  • A continuación, medimos la parcela a través de la fotografía aérea de la Sede Electrónica del Catastro.

  • La superficie medida es de 702 m2. Diferencia: 732 m2 – 702 m2 = 30 m2 mayor que 17 m2 por lo que se podría realizar una alteración y modificación de la superficie catastral de la parcela. En este caso, deberá acudir a un técnico competente para que realice el correspondiente Informe de Validación Gráfica (IVG) y presentarlo en el Catastro.

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Caída árbol en Madrid

El pasado día 2 de noviembre de 2023 sobre las 13:00 horas se produjo la caída de un árbol a la altura de la calle Almagro 2 en Madrid.

Debido a su caída se produjo el fallecimiento de una joven de 23 años y varias personas resultaron heridas. Desde TASAGRONOMOS damos el pésame a la familia y amigos de la fallecida (DEP).

Fuente Google Street

Según fotografía del Google Street de fecha marzo de 2022, podemos comprobar varios aspectos sobre el árbol caído:

  • Especie: Olmo (Ulmus)
  • Edad: unos 80 años.
  • Distancia a la fachada: en torno a tres metros.
  • Altura: unos 20 metros.
  • Diámetro de la copa: 10 metros aproximadamente.
  • Copa asimetría y vertical, no redondeada ni frondosa que es la típica de los olmos. Poda irregular.
  • Alcorque muy pequeño donde apena cabe el tronco que tiene un diámetro de 50 centímetros.
  • Perímetro del tronco estimado: 150 centímetros.
  • Observamos en el pavimento hasta 7 arquetas o registros de servicios urbanos (agua potable, saneamiento, telefónica) en los alrededores del árbol. En la fotografía se puede observar que el pavimento está ligeramente levantado y alguna baldosa rota.

Fuente Google Street

Fuente AEMET

Para analizar las posibles causas de la caída del olmo será necesario un estudio técnico completo incluido un escaneo del subsuelo con un georradar  y un análisis de los restos del árbol caído para comprobar su estado sanitario. La racha máxima del viento ese día en Madrid (Retiro) fue de 67 km/hora.

Gonzalo Brezmes
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