Ya hemos comentado en estos dos artículos aspectos sobre fincas rústicas y la generación de energías renovables:
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En este nuevo articulo queremos informar de la forma de calcular la renta anual que deben pagar las empresas energéticas a los propietarios de las fincas en concepto de ocupación de los terrenos rústicos. Existen diversos aspectos a considerar:
- Superficie ocupada definitivamente:
- Superficie del vuelo del aerogenerador o de las placas fotovoltaicas. En el caso de aerogeneradores corresponde a proyección horizontal según el diámetro del rotor. La formula aplicada sería : Superficie en metros = 3,1416 x (Diámetro rotor en metros / 2 )². En el caso de placas solares sería la superficie de las placas en proyección horizontal máxima aunque habitualmente se aplica una superficie total de la finca destinada al huerto solar.
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- Superficie de la plataforma de montaje del aerogenerador.
- Superficie de la subestación que computará como la superficie del perímetro vallado de la subestación.
- Superficie correspondiente a las líneas eléctricas y de comunicación tanto aéreas como subterráneas. Se calcula dicha superficie como multiplicación de la longitud de la línea y de anchura la separación máxima de los conductores.
- Superficie ocupada por caminos. La anchura se calculara desde el eje a eje de cada cuneta.
- Si el vuelo del aerogenerador ocupa parte de las superficie de las instalaciones, caminos o líneas, se excluirán estas ultimas superficies del calculo de superficie.
- Superficie por ocupación temporalmente: la superficie será la efectivamente afectada durante el tiempo de ocupación.
- Indemnización por daños en cultivos. Se determinará multiplicando la producción perdida en kg/ha, precio medio de la cosecha en euros/kg y la superficie afectada en hectáreas.
Los precios medios de la renta anual por metro cuadrados son variables desde 0,50 a 2,00 euros/m2 y año. Depende especialmente de la zona ocupada y su rendimiento agricola, situación respecto a líneas y subestaciones preexistentes e insolación solar o vientos dominantes.
Habitualmente en proyectos fotovoltaicos las empresas adquieren las fincas rústicas ya que no pueden coexistir el aprovechamiento agrícola habitual y el energético.
Si desea conocer si su parcela se encuentra próxima a una línea eléctricas de media tensión o subestación eléctrica con carga, contacte con nosotros a través de este email gonzalo@tasagronomos.com o al teléfono 685.91.27.08.
Gonzalo Brezmes
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